Por Cristian Alvarez
Este jueves, y tras la resolución emitida por la Corte Suprema, Representantes del Servicio Nacional del Consumidor y de agrupaciones de consumidores ODECU y CONADECUS lamentaron el fallo que liberó a la empresa sueca “SCA” que no pague alguna compensación a los consumidores, bajo el argumento de que no habia una “relación contractual directa”, Desde el director del SERNAC rechazó que esta determinación, indicando que aquella empresa va con “55 mil millones de pesos para la casa”, mientras que desde las agrupaciones pidieron que esto no sea un precedente para el futuro y acusaron incluso, potenciales inhabilidades de quienes redactaron este fallo, Empresa cuestionada señaló respetar esta determinación judicial
Fue uno de los delitos que mas indignó a la ciudadania, porque daño desde la confianza empresarial hasta nuestros bolsillos, se trata de la “Colusión del Papel Confort”, que aunque se compensó en parte, faltaba la otra que estaba revisandose en tribunales, de la cual hubo un fallo judicial emitido por la Corte Suprema, que liberó a otra de las empresas involucradas, de pagar alguna compensación al respecto, Un resolución que cayó pesimo entre sus demandantes, el SERNAC y las asociaciones de consumidores CONADECUS y ODECU, quienes rechazaron este jueves, el fallo de la mencionada corte de justicia, que rechazó que la empresa SCA, pagase una millonaria compensación por el involucramiento de este señalado delíto económico
Durante esta jornada, se reveló el fallo emitido por la máxima instancia judicial de nuestro país, donde fueron rechazados, los recursos de casación presentados por sus demandantes, quienes buscaban por esta via, lograr una compensación para la ciudadania, como lo fue logrado en el año 2018, aunque en buenos términos por la empresa chilena CMPC, En su resolución, esta corte favoreció a la empresa que distribuye las marcas “Favorita” y “Magiklin”, señalando que no hay una relación directa entre esta empresa y sus consumidores, amparandose en los intermediarios en la distribución de sus productos: “SCA desarrolla exclusivamente su actividad mercantil en el mercado de comercialización mayorista y de supermercados; y siendo ello así, su actividad no puede ser encasillada ni siquiera parcial o alternativamente como una vinculada al consumidor final”, señaló esta resolución que tras ser analizada, en un punto de prensa en conjunto, quienes exigieron judicialmente esta compensación, rechazaron esta determinación del tribunal: “Hoy dia es un dia triste para las y los consumidores del país (…) Cual es la señal que está dando la Corte Suprema que nosotros consideramos errado?, Que una empresa que se coludió con CMPC, durante 11 años, Que dañó la confianza de los mercados, que daño a los consumidores, engañó y abusó de los consumidores, Se va a ir con $55 mil millones para la casa, Entonces mas allá de las interpretaciones de la ley, parece que no se comprende el tenor o el rol tutelar y proyector de la Ley del Consumidor, que ampara al contratante mas debíl , que somos todos como consumidores”, señaló el director del SERNAC Juan Andrés Herrera, como reacción indignada por este fallo
Mientras que desde las asociaciones de consumidores, Stefan Larenas, presidente de ODECU, señaló que espera que este fallo, no sea precedente hacia el futuro, sobre este tipo de casos: “Eso es lo que no queremos, esta es una muy mala noticia que puede servir com precedente pero ya vimos que en estos 8 años, en estos últimos 8 años, ha cambiado la legislación y esperamos que con la ley que hoy dia se discute en el Parlamento, “SERNAC te protege”, vamos a tener cierta certeza de durabilidad, es decir de sustentabilidad de lo que es la relación entre proveedor y consumidor, es decir, nosotros no podemos nuevamente, realmente esperamos que en otros fallos, nos vayan a exigir un vinculo contractual, Lo cual, para que vamos a decir…es absurdo, es decir, eso es lo que esperamos”, Mientras que su par de la CONADECUS Hernán Calderón acusó posibles inhabilidades en la redacción de este fallo, por la vinculación de uno de quienes lo realizaron: “Este fallo que nosotros rechazamos absolutamnente, creemos que es un fallo errado, pero que ademas tienen que ser investigados, las posibles anomalias, tanto en la redacción del fallo, ya que creemos que hay una situación grave, donde hubo un abogadointegrante que redactó el fallo , que debió inhabilitarse porque es del mismo estudio juridico, del abogado que hizo el informe en derecho, el informe para la empresa, Eso para nosotros, nos parece gravisimo por la situación que enfrenta justamente el Poder Judicial, y precisamente la Corte Suprema, esto pudo haber influido en la redacción de ese fallo que fue tan categórico”, señaló este represenante
Desde la empresa beneficiada, hubo reacciones a este fallo favonable mediante un comunicado público: “Respetamos el fallo emitido por la Suprema Corte de Chile, rechazando el proceso de acción colectiva iniciado contra SCA Chile, ya que creemos que es correcto y acorde con los hechos del caso y consistente con la legislación chilena”, señaló esta empresa de capitales suecos, Desde los demandantes indicaron que revisarán esta resolución para ver los pasos a seguir, En el año 2018, otra de las empresas involucradas en este delito, la Compañia Manufacturera de Papeles y Cartones (CMPC) llegó a un acuerdo con el SERNAC y las mencionadas asociaciones de consumidores que se materializó en una compensación de US$150 millones de dólares, devueltas en $7 mil pesos a cada chileno, a través de su cuenta bancaria